SERVICIOS PROFESIONALES EN RELACIÓN A SOLICITUD DE

CONCURSO PREVENTIVO DE ACREEDORES

 

 

 

La creciente situación de insolvencia, patrimonial y/o originada en el estado  financiero y su complejidad, lleva a la necesidad de las empresas a disponer de especiales asesoramientos profesionales con habilidades y conocimientos de estrategias, para intentar superarlas.

 

Siendo una de las estrategias posibles, recurrir al Concurso Preventivo de Acreedores, ESTUDIO BONESI brinda los asesoramientos, facilita las tareas y ejerce la representación en relación a la solicitud de concurso bajo los lineamientos de la legislación específica.

 

A título ilustrativo, hacemos saber de las características y alcances de los servicios que se prestan a esos fines.

 

EL ESTADO ANÍMICO DE ADMINISTRADORES Y TITULARES DEL ENTE EN CRISIS.

 

Adoptar la solución del remedio concursal no es una decisión fácil de asimilar para  los titulares y/o administradores de la Empresa en crisis.

 

Escuchar, por ejemplo, que han existido decisiones que han contribuido a ese estado; que se ha demorado el tratamiento de este tipo de solución, originan sensaciones de “propia culpa”, que sin duda alguna dificulta el diálogo entre el Asesor y la Empresa. 

 

De allí que el Estudio se esfuerza para escuchar las dudas e interrogantes que tienen, para lograr de ellos el necesario convencimiento de que recorrerán el camino correcto. Que conozcan los alcances y efectos de los pasos a dar. Eliminar la incertidumbre que le puede ocasionar la solicitud del concurso preventivo de los acreedores, por la reacción actual y futura con los acreedores proveedores de bienes y servicios. 

 

Es fundamental lograr ese convencimiento. Comprender que con ello, pasan a respaldar sus derechos y facilitar el objetivo final, que no es otro que salvaguardar los activos de la Empresa y la posibilidad de continuar con sus negocios.

 

Se tiene en cuenta que son ellos mismos, quienes deberán -quizás con cambios en las estructuras internas, en el sistema de organización y con distintas pautas en todas las áreas- “pilotear” primero los inconvenientes económicos y financieros y luego ir saliendo de  la crisis.

 

ETAPA DE INTENTO DE COMPRENSIÓN DE LA CRISIS.

 

Cuando hablamos de una “organización en crisis”, lo hacemos de aquella que se encuentra sometida a un proceso que por diferentes circunstancias compromete su permanencia y subsistencia.

 

Este concepto se contrapone con el de empresa u organización en equilibrio y no debe ser confundido con cualquier “situación particular de crisis”, ya que lo que allí se debate es su misma supervivencia.

Destacamos que, cuando nos referimos a “organizaciones”, involucramos a todo tipo de entes sociales, con o sin fines de lucro y aquellos que adoptan hacerlo como personas físicas.


Las organizaciones como tales son un sistema abierto en constante cambio y comunicación con el medio externo. Existe entonces un proceso de influencia recíproca. A lo largo de su vida pasan por distintas etapas y a veces entran, por razones diferentes, en situaciones de crisis.

 

Pensando en la posibilidad de la implementación del concurso preventivo para enfrentarla y superarla, se realiza una etapa de “comprensión” de la crisis, con las limitaciones que pueda ocasionar la urgencia en concretar la presentación de la solicitud la solución preventiva.

 

Ello debiera permitir proyectar si las decisiones “a posteriori” modificaran las razones que llevo a la crisis.

 

La determinación de la viabilidad surgirá como consecuencia de la elaboración de un diagnóstico del estado actual y proyectado de la organización, en la que el Estudio participa activamente.

 

ETAPA DE CONOCER LOS COSTOS Y GASTOS.

DETERMINACIÓN DEL PUNTO DE EQUILIBRIO DE LA UNIDAD PRODUCTIVA EN CRISIS.

 

Decimos que el Concurso Preventivo de Acreedores es una de las herramientas que tienen las organizaciones para superar la crisis, pero ello bajo los supuestos de haberse diagnosticado su viabilidad.

 

Es que el concurso se lo debe utilizar como escudo-refugio judicial transitorio,  por cuanto si la organización no soluciona los problemas de fondo que la llevaron a la crisis, no podrá superarlo y solamente habrá dilatado en el tiempo su extinción.

 

Entonces, es necesario lograr un buen grado de convencimiento del propio equipo que deberá conducir el proceso hasta lograr su homologación, de que el camino elegido (concurso preventivo) tiene altas posibilidades de lograr superar la crisis.

 

Para ello, el Estudio colabora en la necesidad de relevar información confiable que permite tener los cuadros de costos y gastos y las posibilidades de ingresos, arribándose con ello a una proyección, sobre la base de determinar el “punto de equilibrio” en el negocio.

 

LA DOCUMENTACIÓN, REGISTROS Y ESTADOS CONTABLES.

 

Iniciado el proceso de preparación para el concurso, se hace necesario una constatación del estado de actualización de los registros contables; de la documentación respaldatoria y los estados contables obligatorios de acompañar con la solicitud.

 

Ello persigue una rápida comprensión de ese estado, direccionado a relacionarlo con los tiempos en que debería concretarse la presentación de la solicitud de concurso.

 

Si de la constatación resulta un estado de riesgo para contar con lo relacionado a ese requisito a la fecha estimada de la solicitud, el Estudio pasa a colaborar en las tareas que permitan superar la situación.

 

REPRESENTACIÓN LETRADA.

 

Ofrece el Estudio el servicio de los Letrados necesarios para la tramitación del proceso, ejerciendo la representación del Concursado.

 

Profesionales  que vienen desarrollando el ejercicio de su profesión con más de 30 años en la especialización de situaciones de crisis y  “Concursos y Quiebras” y con el antecedente del ejercicio de la docencia en relación. 

 

LOS REQUISITOS FORMALES DE LA SOLICITUD DE CONCURSO PREVENTIVO.

 

Los recaudos a que debe someterse el pedido de concurso requieren de un orden y claridad expositiva, de modo de facilitar la labor de la Sindicatura así como la comprensión de los acreedores cuya decisión es fundamental para la aprobación del concordato.

 

También una presentación manifiestamente incompleta puede originar el rechazo de oficio.

 

El Estudio colabora y de ser necesario encara las tareas de la recopilación de la documentación e información que la ley obliga a su presentación y que permita avanzar sin inconvenientes a la apertura del concurso preventivo.    

 

LA SINDICATURA DESIGNADA.

 

El proceso concursal lleva a la designación por el Tribunal interviniente del quién se desempeñará como Síndico. Asume el Estudio el vínculo entre el funcionario y la Empresa, en las diversas etapas del proceso y la relación con el Juez actuante.

 

LOS CONFLICTOS QUE SE PRESENTAN EN EL ÁMBITO LABORAL FRENTE A LA CRISIS DE LA EMPRESA.

 

Pensar en recurrir a la solicitud de concurso preventivo, plantea una serie de interrogantes referidos a la nómina del personal y a como continuaría la relación.

 

Entre esos interrogantes, se encuentran como actuar si es que una de las decisiones que deben acompañar al proceso es la de una reestructuración de la mano de obra existente, con las posibilidades de que se suceda la desvinculación de personal y hasta si es necesario, recurrir a los procedimientos de crisis que permite la ley, para la continuación de la actividad.

 

La existencia de lo que se conoce como “pronto pago” para el endeudamiento originado en la relación laboral, lleva a entender que iniciado el proceso de concurso y en forma inmediata se deben satisfacer esas acreencias, situación que afectaría el despegue de la actividad. Sin embargo es posible tratar esa dificultad con intervención del Tribunal y la Sindicatura y lograr superarla.

 

Para todos esos aspectos el Estudio interviene dando los consejos y cobertura legal para cada decisión y las necesarias proyecciones que permita evitar que se vea afectado la conformación del “capital de trabajo” necesario para el desarrollo “óptimo” de los negocios.

 

EXISTENCIA DE SITUACIONES QUE PUEDAN ORIGINAR ACCIONES DE INEFICACIA.

 

Se analiza aquellas operaciones que puedan ser cuestionadas por terceros, quienes puedan encontrarlas como que afectan sus acreencias impagas. Se trasmite opinión sobre si pueden estar incorrectamente instrumentadas que podrían ser origen de actos ineficaces.

 

ALGUNOS EFECTOS DEL CONCURSO.

 

La decisión del concurso ocasiona distintos efectos. Así por ejemplo, la existencia de demandas y acciones judiciales, lleva a que tenga que tomarse debido conocimiento de su estado. El Estudio toma contacto con los letrados que intervienen para conocer el alcance de las acciones y consensuar las presentaciones que correspondan.  

 

Ante las existencias de reclamos por créditos con garantías reales, como son las de tipo hipotecario o prendario,  se analizan el estado de las causas y en especial los tiempos en que se sucederían las posibles ejecuciones, temporalmente paralizadas por efecto del concurso, para evaluar las incidencias que podrían tener sobre el desarrollo de la actividad.

 

De existir contratos en vigencia por obligaciones de ventas como de compras, se colabora en determinar la conveniencia o no de su continuación y los pasos a dar por la decisión que se adopte.

 

Es habitual que la situación de crisis haya motivado el cierre de las cuentas corrientes bancarias. La necesidad de contar nuevamente con el servicio bancario lleva a tramitar ante el Tribunal en forma inmediata su reapertura para contar nuevamente con esa herramienta para facilitar la gestión. El Estudio colabora para su obtención.

 

 

Todo lo hasta aquí expuesto, dijimos que era a los efectos ilustrativos del alcance que puede llegar el ESTUDIO BONESI con sus asesoramientos, en la solución de concurso preventivo como remedio de la crisis.

 

Solución que abarca muchos otros aspectos, como los referidos a:

 

LOS INTERESES; LA SITUACIÓN DE LOS JUICIOS CONTRA EL CONCURSADO; LAS DEUDAS NO DINERARIAS; LA EXISTENCIA DE CONTRATOS DE LEASING, FIDEICOMISOS; LA INSINUACIÓN DE LOS CRÉDITOS EN EL PASIVO DEL CONCURSADO; LA EXISTENCIA DE ACREEDORES PRIVILEGIADOS; LA PARTICULAR POSICIÓN DE LOS ACREEDORES FISCALES Y SITUACIÓN FISCAL DEL PROCESO FALENCIAL; EL ANÁLISIS DE LA PROPUESTA EN CUANTO A SU LEGALIDAD Y FACTIBILIDAD; EL PROYECTO ECONÓMICO-FINANCIERO QUE LE SIRVA DE BASE; LAS POSIBILIDADES DE MEJORA; GASTOS DEL PROCESO Y HONORARIOS FUNCIONARIOS; EL RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN VIGILADA, ACTOS AUTORIZADOS, ACTOS PROHIBIDOS Y POSIBLE SEPARACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.

 

 

Ante una mayor necesidad de información sobre este servicio profesional ofrecido, invitamos a contactarse con

 

 

Cdor. Norberto Bonesi

teléfono (54) (11) 4585-1142

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